SERVICIO NOTARIAL DIVISIÓN HORIZONTAL
La división horizontal es un acto público donde la propiedad de un edificio se subdivide en unidades privadas o fincas registrales independientes. El inmueble resultante de la división horizontal tiene su propia referencia catastral y participa como copropietarios mediante un coeficiente con la totalidad.
INTRO
División Horizontal
La división se inscribe en el Registro de la Propiedad. Al tiempo, se registra cada una de las unidades denominadas “elementos privativos”, representadas por las viviendas, plazas de garaje y locales comerciales. Cada elemento está representado con un número para distinguirlo del conjunto.
Algunos de esos elementos denominados “anejos” como garajes y trasteros, también pueden ser asignados a una unidad. De esta manera, los propietarios se convierten en una comunidad de propietarios y sus relaciones comienzan a estar reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal.
TESTIMONIOS